Mediante la Resolución Directoral N.º 100-2024-DG-INMP/MINSA, el Instituto Nacional Materno Perinatal (INMP) actualizó su Guía de aborto terapéutico, incorporando causales que contravienen el marco jurídico peruano. Entre ellas se incluyen los embarazos por violación y los casos de malformaciones congénitas, ambos expresamente penados por el Código Penal.


 El artículo 119 del Código Penal peruano vigente solo exime de sanción penal al aborto cuando constituye el único medio para preservar la vida de la madre o evitar un daño grave y permanente a su salud, siendo punible en cualquier otro supuesto. Por su parte, el artículo 120 tipifica como delito el aborto en casos de violación sexual o cuando el feto presenta malformaciones congénitas graves.


 Esta incompatibilidad con el Código Penal y con el derecho a la vida del concebido, reconocido en el artículo 2, inciso 1, de la Constitución, invalida la Guía del INMP al carecer de sustento legal.


 Lo grave es que los actuales directivos del INMP han dejado constancia de abortos ilegales realizados en esa institución, basados en causales sin sustento legal que recién fueron incorporadas en la reciente Guía del INMP. Así lo evidencia un estudio publicado en la Revista Peruana de Investigación Materno Perinatal firmado por ellos mismos. Además, los registros de “abortos terapéuticos” en el INMP datan desde 2009, pese a que la Guía del MINSA que regula estos procedimientos fue aprobada recién en 2014, lo que exige una investigación caso por caso.


 Adicionalmente, tanto el Ministerio de Salud (Oficio D001325-2023-DM-MINSA) como el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Oficio D001462-2024-MIMP-SG) respondieron a la consulta realizada por la Comisión de la Mujer y Familia del Congreso, señalando que no es viable tipificar el aborto por violación como terapéutico, ni existe norma alguna en sus sectores que lo respalde. Así, ha quedado evidenciado —mediante documentos oficiales— que la Guía del INMP carece de legalidad y es completamente irregular.

 

Ante las críticas de varios congresistas y organizaciones de la sociedad civil, el Instituto Nacional Materno Perinatal se vio obligado a conformar una Comisión Ad Hoc para evaluar la cuestionada Guía y, de considerarlo pertinente, proceder a su derogación.

 

Firma y esta alerta y pídele al ministro de Salud César Vásquez Sánchez que derogue la Guía INMP y detenga e investigue los abortos ilegales que se han producido desde el 2009 en el INMP.

 

Referencia:

Artículo “CARACTERIZACIÓN DEL ABORTO TERAPÉUTICO EN UN HOSPITAL NIVEL III DE PERÚ DURANTE 12 AÑOS DE EXPERIENCIA”, publicado en la revista Peruana de Investigación Materno Perinatal https://doi.org/10.33421/inmp.2021253 

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