La Ley 31498 que impulsa la calidad de los materiales y recursos educativos en el Perú regula el procedimiento para la participación de los padres de familia en el proceso de elaboración del contenido de los materiales, textos y recursos educativos, sin distinguir si estos pertenecen a colegios públicos o colegios privados. Sin embargo, su reglamento no respeta lo que la Ley establece restringiéndolo únicamente a padres de familia de colegios públicos. 

 

Mientras el art. 3 señala que el alcance de la ley por tanto se refiere a todos los padres de familia “a través de APAFAs, comités, asociaciones civiles constituidas e inscritas en los Registros Públicos u otras instancias de representación constituidas para participar del proceso educativo de sus hijos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Constitución Política del Perú”, el Reglamento de la Ley N° 31498 (Decreto Supremo N° 015-2023-MINEDU) ha limitado la aplicación de dicha ley a los padres con hijos en colegios públicos.

 

Esto se debe a una indebida e irregular interpretación del siguiente párrafo de la ley 31498: “los dirigentes o representantes de dichas organizaciones deben encontrarse registrados en el Registro de Dirigentes normado por la Ley 28628, Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las instituciones educativas públicas, y su reglamento, o normas que los sustituyan.”

 

Dado que la Ley 28628 se refiere solo a los colegios públicos debe aplicarse la frase: “o normas que lo sustituyan”. 

 

Esta redacción del reglamento confunde el ámbito de la Ley 28628 con el ámbito más amplio de la Ley 31498 y lo restringe indebidamente la participación sólo a aquellos padres que tengan hijos con hijos matriculados en instituciones educativas públicas. Es decir, actualmente el reglamento de la Ley 31498 no respeta lo que la Ley contempla al impedir la inscripción de padres de familia de colegios privados en el Registro de Dirigentes. 

 

Por ello, firma la petición y pídele al Ministro de Educación Morgan Quero que modifique el texto del reglamento de la Ley 31498 agregando una disposición complementaria que ordene la ampliación del Registro de Dirigentes para que los padres de colegios privados y de asociaciones civiles pueden inscribirse en el Registro de Dirigentes. 

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